Publicado CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE EMPRESA HERMANDAD FARMACÉUTICA DEL MEDITERRÁNEO, S. COOP. L. (BOE 316 de 29 de diciembre)

El periodo de vigencia pactado, con carácter general, será de cuatro años contados desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2020. No obstante, determinadas materias tendrán un periodo de vigencia distinto.

El convenio se entenderá prorrogado tácitamente, de año en año, si no se produce su denuncia con 2 meses de antelación a la fecha de fin de su vigencia o, en su caso, de su prórroga.

No existe pacto de ultraactividad. (art. 3).

En materia de solución extrajudicial de conflictos se establece una Comisión Paritaria para la interpretación, seguimiento y control del convenio. Las resoluciones de dicha Comisión serán preceptivas para el acceso a la vía administrativa o jurisdiccional, previo a la interposición de demanda. Caso de no llegar a acuerdo la Comisión, las partes podrán solicitar la mediación en la Dirección General de Trabajo del Ministerio u organismo competente al efecto. (art. 5).

Finalmente, para la resolución de los conflictos que puedan surgir para la no aplicación de las condiciones de trabajo, las partes se remiten al procedimiento establecido en el artículo 82 y 83.2 ET, sometiéndose en primer lugar la cuestión a la Comisión Paritaria. Cuando no se haya alcanzado acuerdo, las partes deberán recurrir a los procedimientos que se hayan establecido en los acuerdos interprofesionales de ámbito estatal o autonómico, previstos en el artículo 83 ET. (Disposición adicional segunda).

Acceso al Convenio en el BOE

Publicadas ACTAS de modificación del XI CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LA FÁBRICA NACIONAL DE MONEDA Y TIMBRE – REAL CASA DE LA MONEDA. (BOE 316 de 29 de diciembre)

Se publican las Actas de 2 de junio, 4 y 20 de julio de 2017, en las que se recogen las modificaciones de nivel salarial y definiciones de varias categorías profesionales, relativas al XI convenio colectivo estatal de empresa Fábrica Nacional de Moneda y Timbre – Real Casa de la Moneda.

Acceso al documento en el BOE

ACTA de CONSTITUCIÓN de la COMISIÓN de FORMACIÓN en el II CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE NOTARIOS Y PERSONAL EMPLEADO

Publicada ACTA de CONSTITUCIÓN de la COMISIÓN de FORMACIÓN en el II CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE NOTARIOS Y PERSONAL EMPLEADO. (BOE 316 de 29 de diciembre)

Acceso al Acta en el BOE

Portada Estudio Análisis de vigencia de convenios colectivos

Publicado estudio ANÁLISIS DE VIGENCIA DE CONVENIOS COLECTIVOS DE SECTOR

Publicación en la página web de la Fundación www.fundaciónrlm.org del estudio 2017 – ANÁLISIS DE VIGENCIA CONVENIOS COLECTIVOS DE SECTOR.
Ver listado de estudios publicados.

Publicado el ACUERDO de CONVENIO COLECTIVO regional de empresa CULMAREX, S.A.

El convenio tendrá una vigencia de 6 años, desde el día 1 de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2020. Cumplida la vigencia quedará automáticamente denunciado si bien continuará rigiendo en su totalidad hasta que sea sustituido por otro. (art. 3)

En materia de solución extrajudicial de conflictos laborales, las partes se adhieren al acuerdo sobre Resolución Extrajudicial de Conflictos Laborales en la Región de Murcia y se someten a los órganos y procedimientos de mediación y de arbitraje que el mismo establece. (Disposición adicional segunda, párrafo primero).

En los conflictos colectivos de interpretación y aplicación del presente convenio, si no se produjere acuerdo en el seno de la Comisión paritaria, se iniciará un proceso de mediación y si persistiera el disenso, el conflicto se resolverá mediante laudo arbitral, todo ello en el ámbito de actuación de la ORCL. No obstante, si no se alcanzara acuerdo en el procedimiento de mediación las partes podrán convenir la sustitución del procedimiento de arbitraje por aquellos otros que las partes conviniesen a su derecho. (Disposición adicional segunda, párrafos segundo y tercero).

En los procedimientos de inaplicación de las condiciones de trabajo del presente convenio, si no se produjere acuerdo en el seno de la Comisión paritaria, se iniciará un proceso de mediación y si persistiera el disenso, el conflicto se resolverá mediante laudo arbitral, todo ello en el ámbito de actuación de la ORCL. (Disposición adicional segunda, párrafo segundo, en relación con la Disposición adicional primera).

Acceso al Convenio en el BORM

Publicado el ACUERDO de CONVENIO COLECTIVO regional de EMPRESA MUNICIPAL DE AGUAS Y SANEAMIENTO DE MURCIA, S.A. – EMUASA.

En el BORM nº 277 de 30 de NOVIEMBRE, ha sido registrado y publicado el ACUERDO de CONVENIO COLECTIVO regional de la EMPRESA MUNICIPAL DE AGUAS Y SANEAMIENTO DE MURCIA, S.A. – EMUASA.

El convenio tendrá una vigencia de 1 año, desde el día 1 de enero de 2017 y hasta el 31 de diciembre de 2017. La denuncia se debe realizar de manera expresa, con un mínimo de un mes de antelación a su vencimiento. Caso de no ser denunciado se prorrogará por períodos de un año, excepto en los aspectos económicos. Una vez denunciado se acuerda el mantenimiento de la vigencia de su contenido normativo, por un plazo máximo de 3 años, desde la fecha de la denuncia (art. 4)

En materia de solución extrajudicial de conflictos laborales, las partes acuerdan el sometimiento a los procedimientos de resolución de conflictos en el seno del Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos (art. 6).

Del mismo modo, acuerdan recurrir a la ORCL, solicitando la mediación, en caso de que finalice sin acuerdo el período de consultas, consecuencia de un procedimiento para la inaplicación de las condiciones de trabajo establecidas en este convenio, (art. 42).

Acceso al Convenio en el BORM

Publicado el ACUERDO de CONVENIO COLECTIVO regional de sector HOSTELERÍA.

En el BORM nº 275 de 28 de NOVIEMBRE, ha sido registrado y publicado el ACUERDO de CONVENIO COLECTIVO regional de sector HOSTELERÍA.

La Comisión negociadora alcanza el siguiente acuerdo:

  1. Primero.- Los artículos 12. Antigüedad, 14. Manutención y 33. Plus de distancia y transporte del Convenio colectivo de Hostelería publicado el 15 de marzo de 2008, se incrementarán en un 2% desde el 1 de agosto de 2017.
  2. Segundo.- Los artículos 12. Antigüedad, 14. Manutención y 33. Plus de distancia y transporte del Convenio colectivo de Hostelería publicado el 15 de marzo de 2008, se incrementarán en un 1% desde el 1 de enero de 2018.

Acceso al Convenio en el BORM

Publicado el ACUERDO de CONVENIO COLECTIVO regional de empresa EXPLOTACIONES LA VIÑA, S.L.

En el BORM nº 259 de 9 de NOVIEMBRE, ha sido registrado y publicado el ACUERDO de CONVENIO COLECTIVO regional de la empresa EXPLOTACIONES LA VIÑA, S.L.

El convenio tendrá una vigencia desde el día 1 de enero de 2017 y hasta el 31 de diciembre de 2021. La denuncia se debe realizar de manera expresa, con tres meses de antelación a su vencimiento. Caso de no ser denunciado se prorrogará por períodos de un año natural. Una vez denunciado se acuerda el mantenimiento de la vigencia de su contenido normativo, en tanto no sea sustituido por otro nuevo. (art. 3)

En materia de solución extrajudicial de conflictos laborales, las partes no disponen expresamente su adhesión al II ASECMUR.

Sin embargo sí se establece, que en el caso de discrepancias en el seno de la comisión paritaria el sometimiento a los “sistemas no judiciales de solución de conflictos correspondientes”.

Así mismo, cuando se produzca desacuerdo en dicha comisión consecuencia de discrepancias en el período de consultas, ambas partes se someterán a la intervención de la ORCL (ASECMUR II), utilizando los procedimientos de conciliación, mediación y arbitraje. El procedimiento de arbitraje será obligatorio y vinculante solo si ambas partes lo acuerdan para cada caso concreto. (art. 32).

Finalmente, la resolución de cualquier tipo de discrepancias que pudiera surgir para la no aplicación de condiciones de trabajo se ajustará a lo dispuesto en el art. 82.3 ET, así como en lo dispuesto en el II ASECMUR. (art. 33)

Acceso al Convenio en el BORM

Publicado el IV CONVENIO COLECTIVO estatal de empresa AIR EUROPA LÍNEAS AÉREAS, SAU Y LOS TRIPULANTES TÉCNICOS DE VUELO.

En el BOE nº 256 de 24 de OCTUBRE, ha sido registrado y publicado el IV CONVENIO COLECTIVO estatal de empresa AIR EUROPA LÍNEAS AÉREAS, SAU y los Tripulantes Técnicos de Vuelo.

El convenio tendrá vigencia general desde el 20 de marzo de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2021. La denuncia debe producirse de forma expresa con dos meses de antelación mínima. Caso contrario el convenio se prorrogará por periodos de doce meses. (art. 3).

En procedimientos de inaplicación de condiciones de trabajo, en el caso de que la comisión paritaria no alcanzase acuerdo, se pacta el sometimiento a un procedimiento de mediación ante el SIMA, en el marco del V ASAC.(art. 7).

Acceso al Convenio en el BOE

Publicado el III ACUERDO para el uso sostenible de los recursos la protección del medio ambiente la salud de las personas y la mejora de la competitividad del sector CEMENTERO ESPAÑOL.

En el BOE nº 256 de 24 de OCTUBRE, ha sido registrado y publicado el III ACUERDO de CONVENIO COLECTIVO estatal de sector para el uso sostenible de los recursos la protección del medio ambiente la salud de las personas y la mejora de la competitividad del sector CEMENTERO ESPAÑOL.

El acuerdo tendrá una vigencia desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 diciembre de 2020.

Acceso al Acuerdo en el BOE