Publicado el II CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LA INDUSTRIA, LA TECNOLOGÍA Y LOS SERVICIOS DEL SECTOR DEL METAL (BOE Nº 145, 19 DE JUNIO).

El Convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2017, “manteniendo” su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017. La denuncia será automática en dicha fecha. Y se pacta expresamente que continuará vigente hasta que sea sustituido por otro.

Destacar que en el citado precepto (artículo 5) se dispone, además que «Con el objetivo de preservar la vigencia de los convenios colectivos sectoriales provinciales y reducir al máximo los bloqueos en su negociación, se insta a las partes negociadoras de éstos al cumplimiento de las siguientes medidas recogidas en el III AENC:

  1. La renovación y actualización de los convenios, …
  2. Los negociadores se deberán comprometer a seguir el proceso de negociación a fin de propiciar el acuerdo determinando en qué términos tendrá lugar el mantenimiento del convenio vencido durante la duración mutuamente acordada de dicho proceso. Cada una de las partes podrás decidir que la negociación está agotada y, por tanto, instar la mediación obligatoria o el arbitraje voluntario de la Comisión Paritaria Estatal o bien acudir a los sistemas de solución autónoma de conflictos establecidos en el ámbito del Estado (V ASAC) y de carácter autonómico.
  3. Las organizaciones firmantes de este Convenio promoverán cuantas acciones
  4. Las organizaciones firmantes de este Convenio se comprometen a buscar una solución …»

Acceso al Convenio en el BOE

Publicado el CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO ESTATAL PARA LAS INDUSTRIAS EXTRACTIVAS, INDUSTRIAS DEL VIDRIO, INDUSTRIAS CERÁMICAS Y PARA EL COMERCIO EXCLUSIVISTA DE LOS MISMOS MATERIALES PARA 2017 (BOE Nº 135, 7 DE JUNIO)

El Convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2017 y expirará 31 de diciembre de 2017. Salvo denuncia expresa, el convenio se prorrogará de año en año. Una vez denunciado, se pacta que el convenio mantendrá su vigencia durante las negociaciones para la renovación del mismo. Igualmente, las partes se comprometen a que una vez transcurrido el plazo legal para las negociaciones del nuevo convenio sin alcanzar acuerdo someterán sus discrepancias a la Comisión Paritaria del Convenio. Si persiste el desacuerdo, la Comisión decidirá sobre su sometimiento bien al arbitraje previsto en el propio convenio o a los mecanismos previstos en el V ASAC.

Acceso al Convenio en el BOE

Publicado el CONVENIO COLECTIVO de la EMPRESA VELOCE MDB, S.L.

En el BORM nº 126 de 2 de JUNIO, ha sido registrado y publicado el CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA VELOCE MDB, S.L.

El Convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2017 manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021. Salvo denuncia expresa, el convenio se prorrogará por años naturales. Una vez denunciado, se pacta que el convenio seguirá en vigor hasta la firma de uno nuevo.

Acceso al Convenio en el BORM

Publicado el CONVENIO COLECTIVO general de ámbito estatal para el sector de ENTIDADES DE SEGUROS, REASEGUROS Y MUTUAS COLABORADORAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL.

En el BOE nº 130 de 1 de JUNIO, ha sido registrado y publicado el CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO ESTATAL PARA EL SECTOR ENTIDADES DE SEGUROS, REASEGUROS Y MUTUAS COLABORADORAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL.

Destacar que el Convenio tendrá una duración general de cuatro años, desde el 1 de enero de 2016 a 31 de diciembre de 2019, entrando en vigor a los 20 días de la publicación. Se prorrogará de año en año, en tanto no sea denunciado y mantendrá su vigencia durante todo el periodo de negociación.

Dicho periodo será de doce meses, pudiéndose prorrogar seis meses más. Durante la prórroga del periodo de negociaciones las partes acudirán al procedimiento de mediación previsto en el V ASAC y, en su caso, se prevé expresamente la posibilidad de que las partes acuerden someterse al procedimiento de arbitraje previsto en el ASAC.

Acceso al Convenio en el BOE