Publicado el II CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LA INDUSTRIA, LA TECNOLOGÍA Y LOS SERVICIOS DEL SECTOR DEL METAL (BOE Nº 145, 19 DE JUNIO).
El Convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2017, “manteniendo” su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017. La denuncia será automática en dicha fecha. Y se pacta expresamente que continuará vigente hasta que sea sustituido por otro.
Destacar que en el citado precepto (artículo 5) se dispone, además que «Con el objetivo de preservar la vigencia de los convenios colectivos sectoriales provinciales y reducir al máximo los bloqueos en su negociación, se insta a las partes negociadoras de éstos al cumplimiento de las siguientes medidas recogidas en el III AENC:
- La renovación y actualización de los convenios, …
- Los negociadores se deberán comprometer a seguir el proceso de negociación a fin de propiciar el acuerdo determinando en qué términos tendrá lugar el mantenimiento del convenio vencido durante la duración mutuamente acordada de dicho proceso. Cada una de las partes podrás decidir que la negociación está agotada y, por tanto, instar la mediación obligatoria o el arbitraje voluntario de la Comisión Paritaria Estatal o bien acudir a los sistemas de solución autónoma de conflictos establecidos en el ámbito del Estado (V ASAC) y de carácter autonómico.
- Las organizaciones firmantes de este Convenio promoverán cuantas acciones …
- Las organizaciones firmantes de este Convenio se comprometen a buscar una solución …»