NEGOCIACIÓN COLECTIVA. Publicado CONVENIO COLECTIVO DE ENGIE CARTAGENA, S.L.

Publicado en el BORM nº 5, de 8/1/2024 del Convenio colectivo de empresa Engie Cartagena, S.L. (Código nº 30103462012014).

Respecto a su ámbito temporal, el convenio tendrá una vigencia desde 5/12/2023 (fecha de firma) hasta 31/12/2025. Los efectos derivados del contenido económico se retrotraen a 1/1/2021.

El convenio quedará prorrogado durante un año si no se denuncia al menos con tres meses de antelación al fin de su vigencia. Denunciado en tiempo y forma el convenio mantendrá su vigencia en su contenido normativo. (art. 2)

En materia de tiempo de trabajo sea cual fuere la jornada diaria y el horario, cada persona trabajadora de le empresa tendrá la misma jornada real y efectiva en cómputo anual de  1.752  para 2023,  de 1.744 para 2024 y de 1.736 para 2025 (art. 12).

En materia de retribuciones se ha establecido un incremento salarial de un 1,5% a los valores existentes a 31/12/2020. Una vez realizada la actualización, se contempla un incremento salarial fijo para cada uno de los años de efectos, de un 4% para 2021, de un 4% para 2022, de un 4% para 2023, de un 3% para 2024 y de un 3% para 2025. (art. 32)

En materia se solución autónoma de conflictos laborales, las partes se comprometen a someterse a los procedimientos de solución extrajudicial que procedan, en las controversias sometidas a la Comisión paritaria intentadas sin efecto o no resueltas  (DA 2ª).

Además, en las discrepancias que puedan surgir para la no aplicación de las condiciones de trabajo prevista en el art. 82.3 ET, si trascurrido el trámite en la Comisión, esta no hubiera resuelto la discrepancias, se podrán someter al procedimiento de arbitraje o a un procedimiento de mediación previsto en ASACMUR III (DA 3ª).

Enlace al documento:

https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2024/numero/98/pdf?id=823992