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Publicado en el BORM nº 44, de 22/2/2024 el Convenio colectivo de la empresa Zukán, S.L. (Código nº 30103742012017).
Respecto a su ámbito temporal, el convenio tendrá una vigencia desde 1/1/2024 hasta 31/12/2027.
El convenio quedará prorrogado durante un año si no se denuncia al menos con un mes de antelación al fin de su vigencia. Denunciado válidamente el convenio permanecerá en vigor entre tanto no se suscriba uno nuevo. (art. 5)
En materia de tiempo de trabajo se establece una jornada de 1.792 horas de trabajo efectivo en cómputo anual. (art. 21.1).
En materia de retribuciones se contemplan las correspondientes tablas salariales para 2024 y, adicionalmente la aplicación de un aumento del 3 % sobre el salario a 31/12/2023. Comparados los importes establecidos en las tablas para 2024 con el referido aumento, el importe que quede y supere la cuantía pactada en tablas quedará consolidado como “complemento consolidado de convenio” que no será compensable ni absorbible ni actualizable conforme a posteriores subidas. Para los años 2025, 2026 y 2027 las tablas aumentarán un 2%. Además se acuerda un sistema de retribución variable o bonus para los años de vigencia (Anexo 2)
En materia se solución autónoma de conflictos laborales, transcurrido el plazo de cinco días sin haberse producido resolución o dictamen de la Comisión paritaria en la discrepancia sometida, se estará a lo dispuesto en ASACMUR III (art. 10)
En procedimientos para la inaplicación de las condiciones de trabajo del convenio, en el supuesto de que la Comisión paritaria no alcance acuerdo, las discrepancias se someterán a los procedimientos de mediación y, en su caso, de arbitraje vinculante en la OMAL (art. 11).
Enlace al documento:
https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2024/numero/862/pdf?id=824793
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