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El 21 de abril de 2022 se publicó en el BORM una nueva corrección de errores del Convenio Colectivo del sector de Limpieza pública de la Región de Murcia, suscrito el 3/12/2021 por la Comisión negociadora. La publicación se produce de manera íntegra al haberse producido en la publicación del día 10/3/2022 una nueva omisión de parte del contenido.
El ámbito funcional se corresponde con el CNAE 3811 “Recogida de residuos no peligrosos”, dentro de la sección E “SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN”.
El Convenio contempla una duración inicial de 3 años, desde el 1/1/2021 hasta 31/12/2023.
El convenio quedará denunciado automáticamente en la fecha de su vencimiento, manteniéndose la vigencia del convenio hasta el desarrollo y solución final de los procedimientos de mediación y arbitraje.
En materia de solución de conflictos las partes se han adherido a III ASACMUR (art. 47).
Se debe significar el hecho que se trata del primer convenio colectivo regional que ha incorporado a su articulado las previsiones del art. 86.4 del TRLET, en la redacción que ha dado el Real Decreto-ley 32/2021 de medidas urgentes para la reforma laboral. De conformidad con ello se ha pactado que transcurrido un año desde la denuncia del convenio sin que se haya acordado un nuevo convenio, las partes se someterán a los procedimientos de mediación de ASACMUR III. Además, si concluye la mediación sin resultado, las partes se someterán al procedimiento de arbitraje regulado en dicho acuerdo. (art. 4).
Además y de conformidad con lo dispuesto en el art. 82.3 del TRLET se establece que cuando la Comisión no hubiera alcanzado acuerdo, las partes deberán solventar de manera efectiva las discrepancias surgidas sobre la inaplicación de condiciones de trabajo, quedando obligados a someter la cuestión a arbitraje vinculante de un árbitro designado por la OMAL (art. 47)
Enlace al documento: https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2022/numero/1913/pdf?id=802395
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