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Publicado en el BORM nº 72, de 27/3/2024 el Convenio colectivo de la empresa Jake, S.A.  (Código nº 30103882012019).

Respecto a su ámbito temporal, el convenio entra en vigor el 1/1/2023, y tiene una vigencia general de tres años, hasta 31/12/2025, a excepción del Capítulo V, sección 1ª, el anexo II y los acuerdos relativos a la revalorización de los salarios, que tienen una vigencia de cinco años, hasta 31/12/2027.

El convenio quedará prorrogado durante un año si no se denuncia al menos con tres meses de antelación al fin de su vigencia. Denunciado válidamente el convenio permanecerá en vigor entre tanto no se suscriba uno nuevo. (art. 5)

En materia de tiempo de trabajo se establece una jornada de 1.760 horas de trabajo efectivo en cómputo anual (art. 18).

En materia de retribuciones se contemplan las correspondientes tablas salariales para el año 2023 y la revalorización en un porcentaje igual al IPC anual real del año anterior, con un tope máximo del 5%. Los excesos sobre ese tope se suman al IPC que corresponda aplicar al año siguiente. (art. 44)

En materia se solución autónoma de conflictos laborales, transcurrido un año desde la denuncia del convenio, las partes buscarán la mediación, siguiendo los procedimientos de ASACMUR III (art. 5 párrafo 2º)

En los casos de discrepancias surgidas para la inaplicación de las condiciones de trabajo del convenio y si se mantiene la discrepancia en el seno de la Comisión paritaria, las partes se someterán a III ASACMUR (art. 9).

Enlace al documento:

https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2024/numero/1486/pdf?id=825662

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