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Publicado en el BORM nº 72, de 27/3/2024 el Convenio colectivo de la empresa Salinera Española, S.A. – San Pedro del Pinatar (Código nº 30001222011981).

Respecto a su ámbito temporal, el convenio tiene una vigencia de un año, desde 1/1/2023 hasta 31/12/2023 (art. 4)

La denuncia se produjo automáticamente el 31/10/2023 y se encuentra vigente hasta que sea sustituido por uno nuevo (art. 5)

En materia de tiempo de trabajo se establece una jornada ordinaria semanal de 40 horas de trabajo efectivo (art. 23).

En materia de retribuciones en el anexo 1º se contemplan las correspondientes tablas salariales para el año 2023 (art. 11).

En materia se solución autónoma de conflictos laborales, transcurrido un año desde la denuncia del convenio, las partes deberán someterse a los procedimientos de mediación establecidos en ASACMUR III a los que remite el art. 86.4 ET (art. 5).

En los casos concretos de discrepancias surgidas para la inaplicación de las condiciones de trabajo del convenio y si se mantiene la discrepancia en el seno de la Comisión paritaria, las partes recurrirán al sistema establecido en III ASACMUR (arts. 44 y 45).

En los supuestos de que tras la intervención de la Comisión se mantenga la discrepancia o que transcurrido el plazo no se hubiese reunido, en los asuntos sometidos a la misma, las partes se someterán a los sistemas no judiciales de solución de conflictos correspondientes (art. 45).

Además se adhieren expresamente al sistema (art. 47).

Enlace al documento:

https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2024/numero/1487/pdf?id=825663

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