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El 27 de OCTUBRE de 2022 se publicó en el BORM el Convenio Colectivo de la empresa Culmarex, S.A., suscrito el 5/7/2022 por la Comisión negociadora.
El ÁMBITO FUNCIONAL se corresponde con el CNAE 0321 “Acuicultura marina”, dentro de la sección A “AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA”.
En cuanto al ÁMBITO TEMPORAL, el Convenio contempla una VIGENCIA de dos años, desde 1/1/2021 hasta 31/12/2022. Quedará automáticamente denunciado una vez cumplido el periodo de vigencia, si bien continuará rigiendo en su totalidad hasta que sea sustituido por otro (art. 3).
En materia de SOLUCIÓN AUTÓNOMA DE CONFLICTOS las partes han acordado adherirse a ASACMUR, sometiéndose a los órganos y procedimientos de mediación y de arbitraje que el mismo es (DA2ª).
Se debe significar que se trata de otro convenio colectivo de empresa más que ha incorporado a su articulado las previsiones del art. 86.4 del TRLET, en la redacción que ha dado el Real Decreto-ley 32/2021 de medidas urgentes para la reforma laboral. De conformidad con ello se ha pactado que transcurrido un año sin llegar a un acuerdo, se aplicará el art. 86.4 TRLET, acudiendo al ASECMUR en vigor (art. 3).
Además, de conformidad con lo dispuesto en el art. 82.3 del TRLET, en los procedimientos para la inaplicación de condiciones de trabajo, se establece que ante la discrepancia en el seno de la Comisión paritaria, las partes se someten a las previsiones de ASACMUR III.
Por último, de manera expresa, en los conflictos colectivos de interpretación y aplicación del convenio y en los procedimientos de inaplicación de la A1ª, si no se produjera acuerdo en la comisión paritaria, se iniciará proceso de mediación y si persistiera el disenso el conflicto se resolverá mediante laudo arbitral, todo ello en el ámbito de actuación de la OMAL (DA1ª)
Enlace al documento: https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2022/numero/5434/pdf?id=812312
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